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Actividades deportivas: cuáles se habilitan y cómo se podrán practicar

by Luciano Villarroel

El Gobierno provincial habilitó por medio de un decreto las actividades deportivas que no requieran contacto físico. La medida comenzará a regir desde el 8 de junio, luego que se aprueben los protocolos presentados por las distintas entidades deportivas donde indiquen las adaptaciones y medidas sanitarias y preventivas dentro de las instalaciones.

-Participantes a partir de los dieciseis (16) años de edad

– En el horario de 7 a 19

-Disponiendo un sistema de turnos, para evitar sobrepasar la cantidad de asistentes a las instalaciones que resulte prudente determinar en cada caso

-En espacios abiertos o suficientemente ventilados, incluyendo en los mismos a los gimnasios que reúnan tales características, garantizando en todos los casos el distanciamiento social

-Sin espectadores

– Sin reuniones previas o posteriores a la práctica

-Sin habilitar espacios de uso común y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores; habilitando solo baños exteriores

– Los que van a realizar la práctica,  deberán concurrir por sus propios medios, llevando sus elementos individuales de higiene, hidratación y prevención y cumplimentando las medidas de distanciamiento personal y el uso obligatorio de tapaboca al momento de desplazarse hacia y en las instalaciones

-Desinfección del calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, en especial los propios de cada disciplina, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre

– Registro diario de los asistentes en los distintos horarios.

DEPORTES QUE SE HABILITAN 

 Individuales

  • Atletismo (excluidas las postas)
  • Arquería Automovilismo (sin acompañantes)
  • Tiro
  • BMX
  • Motociclismo
  • Running
  • Cíclismo
  • Canotaje, remo y kajak (individual)
  • Gimnasia artística y con aparatos
  • Equitación
  • Golf
  • Halterafilia
  • Marcha atlética
  • Patín artísitico
  • Windsurf
  • Kitesurf

Individuales en interacción con oponentes:

  • Tenis
  • Pelota a paleta
  • Tenis con paleta o criollo
  • Fútbol tenis
  • Tenis de Mesa
  • Padel
  • Bochas

Se permite entrenamiento individual con interacción de juego, respetando la distancia de seis metros entre los participantes, y sin compartir elementos deportivos.

Se habilitan solo a los fines del entrenamiento individual:

  • Boxeo
  • Judo
  • Lucha
  • Artes Marciales

En cuanto a las disciplinas colectivas o en equipos: solo a los fines del entrenamiento individual, conforme los protocolos específicos para cada disciplina, complementarios a los establecidos para las instalaciones y que cuenten con la aprobación de la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.

Fuente: LT10/Gobierno de Santa Fe

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